Se pone en marcha la RECETA ELECTRÓNICA: desde cuándo
A partir del lunes primero de julio, el Ministerio de Salud comenzará a aplicar el plan mediante el cual paulatinamente las recetas médicas y las órdenes de estudios y prácticas médicas abandonarán el formante de papel para pasar a prescribirse en forma electrónica a través de plataformas digitales.
De esa manera, entrará en vigencia la Ley Nacional de Receta Electrónica que fue reglamentada a través del decreto número 345/2024.
En julio, se pone en marcha la receta electrónica
La cartera conducida por Mario Russo señala que «la receta electrónica hace más segura y eficiente la prescripción en virtud de los estándares de calidad definidos: garantiza que su emisión es realizada por un profesional en ejercicio matriculado y habilitado; facilita la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega, simplificando las instancias administrativas; y brinda herramientas a los profesionales para tomar mejores decisiones de tratamiento».
Con el fin de coordinar la implementación con las provincias, se convocó a una reunión para este lunes 24 de junio a los ministros de Salud de cada una de las jurisdicciones.
La iniciativa, indicaron voceros de la cartera, se viene trabajando con los colegios y cámaras del sector, el PAMI y la Superintendencia de Servicios de Salud.
En el mismo sentido, el PAMI, otras obras sociales y prepagas ya vienen implementando modalidades de receta electrónica.
En el marco del plan, el ministerio creó el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS). Se trata de un registro que unifica «todas las plataformas existentes con el objetivo de mejorar los procesos de modernización e interoperabilidad entre sistemas. Esto implica la correcta adopción de buenas prácticas definidas por los equipos técnico-sanitarios», indicó la cartera.
Además, se actualizó el registro de profesionales de la salud inscriptos en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).
Con ese fin, se puso a disposición un procedimiento de carga masiva, para que las jurisdicciones tengan actualizada la información de los profesionales matriculados y habilitados para ejercer, de modo que puedan ser validados para prescribir recetas electrónicas.
En el marco de la instancia de adecuación, en primer término se iniciará una instancia de adhesión de las provincias a la nueva modalidad de prescripción, mientras que las plataformas se inscribirán en el ReNaPDiS, adaptando sus sistemas con los requisitos estipulados.
Una vez que se complete la inscripción cada receta tendrá un código que permitirá verificar su unicidad en todo el país, mientras que los recetarios electrónicos deberán contar con un sistema alternativo para situaciones de contingencia o fuerza mayor.
¿Se podrán seguir usando recetas en papel?
No obstante, habrá un período de adaptación: «Durante el período de registración de las plataformas, los profesionales que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel y con ellas las personas podrán obtener sus medicamentos en una farmacia como hasta ahora. Y una vez que la totalidad de las plataformas estén inscriptas, esta modalidad permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso o sin conectividad», se especificó.
Durante el período de registración (180 días), se podrán seguir usando recetas en papel.
También se señaló que «para la adhesión, registración y adecuación el Plan contempla un plazo de 180 días (en los próximos días saldrá por disposición publicada en el Boletín Oficial). Para garantizar la continuidad de acceso a los servicios de salud, en el proceso de implementación de receta electrónica se prevé una instancia para la readecuación de las plataformas digitales».
Además, a partir de la publicación de la disposición, estará disponible en el sitio web oficial del Ministerio los Instructivos para profesionales y farmacias, donde podrán encontrar toda la información detalla sobre la implementación de la receta electrónica y los procesos de registración.
Para la adhesión, registración y adecuación el plan se contempla un plazo de 180 días que será publicado en el Boletín Oficial en los próximos, mientras que se garantizará la continuidad de acceso a los servicios de salud, por intermedio deuna instancia para la readecuación de las plataformas digitales, en tanto que habrá un instructivo para profesionales y farmacias.
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